En la última Sesión Ordinaria del pasado jueves 31 de marzo, el Cuerpo deliberativo aprobó por unanimidad la incorporación de dos artículos a la Ordenanza Fiscal vigente, por los que se le otorga beneficios a los Veteranos de Malvinas.
Se incorpora el inciso G en el artículo 199, destinado a quienes quedan exentos del pago de los derechos de construcción. Con la modificación introducida, se establece el mencionado alivio impositivo para “inmuebles pertenecientes a Excombatientes de Malvinas, que acrediten fehacientemente ser titulares del dominio, usufructuarios o poseedores a título de dueño de un inmueble que reviste carácter de vivienda única mientras duren las condiciones. Dicho beneficio se hará extensivo a la viuda e hijos de los excombatientes de Malvinas hasta su mayoría de edad”.
Asimismo, se incorpora el inciso C del artículo 224, por lo que se prevé la exención del pago de las patentes municipales. En este apartado, se especifica a los beneficiarios como “excombatientes de Malvinas, sobre una única unidad de motovehiculo o similar de uso particular de cualquier marca, modelo y año, siempre que acrediten la titularidad sobre el mismo y se encuentren radicados en la ciudad de Bahía Blanca. Este beneficio, también se hará extensivo a la viuda de los ex combatientes de Malvinas.