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El representante de la Red de Multisectoriales, Matías Italiano, aseguró que “a partir del primero de marzo (2021), es decir a partir de la semana pasada, ya entró a regir el registro de locaciones de inmuebles, este registro se llama, se lo conoce, como RELI (Registro de Locaciones de Inmuebles)”. Y enfatizó que “no establece ningún tipo de costo para las partes de la declaración del contrato de locación, no va a quedar ningún gasto”.

Asimismo, con este tipo de registro no se crea ningún tipo de impuesto o canon locativo inmobiliarios y se legalizó la bancarización de los pagos de los alquileres.

Matías Italiano: Locador y locatario

Italiano señaló que “cuando empezamos a hablar de alquileres, tenemos que tener en cuenta que en una relación locativa existen dos partes bien marcadas; lo que es el locador por un lado, y el locatario por el otro, cuando hablamos de locatario hablamos del inquilino, cuando hablamos de locador, hablamos del propietario normalmente en la mayoría de los casos, donde intervienen también inmobiliarias”. Y remarcó que “la parte débil es el inquilino, el locatario, porque en realidad al momento de poder discutir las cláusulas de negociación, es el inquilino quien tiene menores posibilidades de imponer su postura”.

En ese contexto, el exconcejal del Frente Para la Victoria destacó que la ley intenta equiparar esa balanza de desprotección o esa balanza de poderío económico, es decir, donde un locador puede imponer las cláusulas al locatario.

Por su parte, Italiano recordó que un antecedente muy importante fue cuando el 1 de agosto de 2015 entro a regir el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, el cual incorporó una normativa vinculada de los contratos de locación. Desde ese día, sorprendentemente, todo lo que tiene que ver con alquileres sufrió modificaciones significativas.

Italiano

La Ley N. 27.551

El Delegado Regional de la Delegación Bahía Blanca del Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) contempló que la Ley N. 27.551 realiza cambios sustanciales del Código Civil en materia locativa, en lo que tiene que ver con el plazo mínimo de locación urbana a un mínimo de 3 años, esto es importante porque lo amplía, especialmente los que tienen un fin habitacional. Otro beneficio es que la actualización es anual vinculada a los índices de precios y a las actualizaciones de salarios en paritarias.

“Otro tema no menor, tiene que ver con ir quitándole poder de discrecionalidad al locador; es decir, el locador, cuando uno iba a firmar un contrato, porque lo hablamos, imponía las cláusulas de contratación, pero entre esas cláusulas una de las más importantes es el valor del canon locativo, es decir, cuánto voy a pagar y cuál va a ser la actualización que voy a tener”, aclaró Italiano.

En lo que respecta a alquiler de locales comerciales, el diplomado en Defensa al Consumidor describió que si hay una relación locativa vinculada a un comercio no rige este plazo de actualización, se podrá tomar otro criterio acorde a los intereses de las partes.

Alquileres en nuestro país

Italiano informó que es muy alto el porcentaje de alquileres en nuestro país y que ronda aproximadamente entre 38 y el 45%, aunque se hace referencia a un porcentaje aproximado porque se carecen de datos porque la mayoría de los casos rige la informalidad.

Por esa razón, el abogado bahiense ratificó la importancia de la “Ley de Alquileres” a los efectos de garantizar la protección de los derechos de los inquilinos tiene que ver precisamente con que esta ley N.º 27.551, en su artículo 16, establece la obligación del locador de declarar el contrato de alquiler ante la Agencia Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Por otro lado, el presidente de la Cámara de Propietarios, Enrique Abatti declaró que “el intervencionismo del Estado en las relaciones entre particulares, eso en definitiva va a perjudicar a quienes se pretende beneficiar, o sea a los inquilinos, porque en la locación de viviendas va a restar unidades al mercado”.

No obstante, el exdirector del Instituto de Derecho del Consumidor del Colegio de Abogados de Bahía Blanca refutó esto y agregó que “es un razonamiento totalmente erróneo y creo que tiene que ver con concepciones ideológicas. Yo entiendo que cuando hablamos de cuestiones de vivienda tiene que haber un fuerte rol del Estado en materia habitacional y también comercial”. Y concluyó que “me hacer mucho ruido que tantas personas tengan acumulado tanto capital y otras personas no tengan nada, es donde debe intervenir el Estado”.

Entrevista Matías Italiano, Referente de la Red Nacional de Multisectoriales sobre la Ley N.º 27.551

By Cesar Luis Muzi

Magíster en Medios & Comunicación Management en Macromedia University (Múnich, Alemania). Licenciado en Periodismo en la Universidad del Salvador (Buenos Aires, Argentina). Fotógrafo profesional de Asociación de Reporteros Gráficos de la República Argentina (ARGRA) y de la Escuela Argentina de Fotografía (EAF) con Alfredo Willimburgh.

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