A partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL, se apruéba la Reglamentación de la Ley N° 27.118, dentro del Régimen de Reparación Histórica de la Agricultura Familiar, para la Construcción de una Nueva Ruralidad en la Argentina. Por medio del Decreto Nº 729/22 se crea el INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA (INAFCI), con autarquía económica y financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado.
El INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA (INAFCI), Es un organismo descentralizado actuante en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con autarquía económica y financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuar en el ámbito del derecho público y privado y como continuador institucional de la ex-SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Entre sus contenidos, finalidad, objetivos, definiciones y alcances, la determinación de la Autoridad de Aplicación, el acceso a la tierra a través de la creación del denominado “Banco de Tierras para la Agricultura Familiar”, así como las formas de adjudicación y de regularización dominial, de forma de asegurar un relevamiento integral de la situación de tierras de la agricultura familiar, campesina e indígena con incentivos a los servicios ambientales a través de programas que preserven la base ecosistémica de sus territorios.
Contempla acciones y programas para procesos productivos y de comercialización destinados a incrementar la productividad y competitividad en el ámbito rural; el apoyo al desarrollo tecnológico, asistencia técnica e investigación, fomentando experiencias innovadoras en materia de producción y consumo; la elaboración de propuestas relacionadas con temáticas referidas a la educación, formación y capacitación rural y también la priorización de políticas de provisión y mejora de la infraestructura rural en todas sus dimensiones.
Prevé garantizar el acceso y el funcionamiento de todos los servicios sociales como educación, deportes, salud, cultura, discapacidad, desarrollo y promoción social, así como la asistencia social directa, y contempla además instrumentos de promoción vinculados a la Sanidad Agropecuaria, a beneficios impositivos, aspectos previsionales, certificaciones de calidad, seguros y líneas de crédito específicas.
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