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En una tarde espléndida, el día viernes 1 de diciembre, el Centro de Jubilados y Pensionados Vivencia de Cabildo, junto al PAMI Bahía Blanca, realizaron una jornada recreativa, en la que pintaron un mural, disfrutaron de música, bailaron, tomaron mates, compartieron tortas, y se dispuso una radio abierta con la temática de los Derechos de los Adultos Mayores.

La actividad llevada adelante era parte de un proyecto “Cine y Pochoclos”, presentado en una convocatoria para adquirir un equipo para proyección, que tiene como fin conectar, e incluir al centro de jubilados y las personas mayores con la comunidad, y como actividad complementaria se deatlló la realizacion de un mural y radio abierta.

Durante la jornada en la que muchos jubilados participaron, pintando, bailando, entre mates y conversaciones, la en radio abierta se realizó un programa llamado “JubiVivencia“, donde además de compartir y que cada uno cuente sus experiencias y las actividades que realizan en el Centro de Jubilados, también se hizo lectura de los derechos de los adultos mayores.

La presidenta del Centro de Jubilados, Susana Kreismann realizo lectura de cada uno de los derechos, y acompañada por Ángeles Celani en representación del PAMI Bahía Blanca, explicaban cada uno de ellos. También mencionaron los talleres que llevaron adelante durante el año, y comentaron sobre las nuevas posibilidades que se sumaron a través de UPAMI y la UNS de realizar carreras universitarias.

El mural, realizado en una pared ubicada justo en frente del Centro de Jubilados Vivencia, de calle La Plata, fue asistido por la dibujante y diseñadora Maiyen Agüero, en la que se pretende expresar los Derechos de los Adultos Mayores.

Derechos de los adultos Mayores

La Convención Interamericana establece sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores establece pautas para promover, proteger y asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos de la persona mayor. Esta Convención tiene jerarquía constitucional, es decir, forma parte de la Constitución Nacional.

Para la Convención, una persona mayor es la que tiene 60 años o más, salvo que la ley de cada país determine una edad diferente. La misma establece que la edad base a partir de la cual una persona debe ser considerada mayor no puede ser mayor a los 65 años.

Los principios de la Convención son:

  • La promoción y defensa de los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor.
  • La valorización de la persona mayor, su papel en la sociedad y contribución al desarrollo.
  • La dignidad, independencia, protagonismo y autonomía de la persona mayor.
  • La igualdad y no discriminación.
  • La participación, integración e inclusión en la sociedad.
  • El bienestar y cuidado.
  • La seguridad física, económica y social.
  • La autorrealización.
  • La equidad e igualdad de género.
  • La solidaridad y fortalecimiento de la protección familiar y comunitaria.
  • El buen trato y la atención preferencial.
  • El respeto y valorización de la diversidad cultural.
  • La protección judicial efectiva.
  • La responsabilidad del Estado y participación de la familia y de la comunidad en la integración de la persona mayor, así como en su cuidado y atención, de acuerdo con su legislación interna.

Deberes del Estado

Los Estados Parte deben proteger los derechos humanos y libertades fundamentales de la persona mayor. Para cumplir con ese deber, los Estados deben:

  • Tomar medidas para prevenir, sancionar y eliminar las prácticas de aislamiento, abandono, sujeciones físicas, hacinamiento, expulsiones de la comunidad, negación de nutrición, infantilización, tratamientos médicos inadecuados o desproporcionados y todos los malos tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes a la persona mayor .
  • No tomar medidas legislativas que sean incompatibles con la Convención.
  • Adoptar medidas para dar a la persona mayor un trato diferenciado y preferencial en todos los ámbitos.
  • Adoptar medidas para lograr la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales de la persona mayor.
  • Promover instituciones públicas especializadas en la protección y promoción de los derechos de la persona mayor y su desarrollo integral.
  • Promover la participación de la sociedad civil en la elaboración, aplicación y control de políticas públicas y legislación dirigidas a la aplicación de la Convención.
  • Promover la recopilación de información adecuada para dar efecto a la Convención.

By Cesar Luis Aguero

Bachiller con Orientación Rural en Centro Educativo para la Producción Total N3 pje Don Alfredo, Emprendedor, Diplomado en Periodismo Digital, conocimiento en BPM, POES, coordinador de eventos sociales, compras insumos, Runner.

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